En el sexto mes del año, quienes trabajan en casas de familia reciben un pago adicional obligatorio. Resulta esencial saber en qué momento se debe entregar este extra anual y bajo qué criterios económicos se apuesta a esa remuneración
En junio, las trabajadoras de casas particulares acceden a la primera mitad del sueldo anual complementario, iniciativa reconocida como una obligación para los empleadores que cuentan con personal registrado. Esta prestación, popularmente llamada aguinaldo o SAC (Sueldo Anual Complementario), forma parte de los derechos laborales legales y sigue parámetros muy precisos fijados tanto en la legislación laboral como en las disposiciones de organismos oficiales

La liquidación de la primera cuota sucede durante junio y supone un momento relevante tanto para empleadas domésticas como para empleadores, ya que la normativa impone fechas concretas para el pago y métodos definidos para realizar el cálculo exacto del monto. La claridad en estos procedimientos previene reclamos y asegura el cumplimiento de la ley.
El aguinaldo representa el 50% del salario mensual más alto que la trabajadora obtuvo durante el semestre evaluado, es decir, desde enero hasta junio para el primer SAC del año. Es fundamental tener en cuenta cuál fue la remuneración más elevada recibida en esos meses, sin importar si correspondió a un mes particular por la existencia de horas extra, bonos o alguna variación circunstancial.